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Procesan a funcionarios de la Cancillería por "administración fraudulenta"

El juez federal Ariel Lijo dictó procesamiento y embargos contra un grupo de funcionarios de la Cancillería en el marco de la investigación por supuestos sobreprecios vinculada a la Cumbre Iberoamericana que se realizó en Mar del Plata en 2010.

 

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) La Justicia procesó este jueves (03/05) a un grupo de funcionarios de la Cancillería por el delito de "administración fraudulenta", en el marco de la investigación por supuestos sobreprecios vinculada a la Cumbre Iberoamericana que se realizó en Mar del Plata en 2010. También se ordenó trabar embargos por $3 millones.
 
Según informa el Centro de Información Judicial informó que el juez federal Ariel Lijo dictó procesamiento y embargos contra un grupo de funcionarios de la Cancillería, encabezados por Hernán Orduna, quien fue secretario de Coordinación y Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
 
Se trata de la causa que investigaba el pago de sobreprecios en una licitación realizada por la Cancillería para contratar los equipos informáticos de audio y video utilizados en la XX Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno que se realizó en Mar del Plata en diciembre de 2010. 
 
# Resumen de los hechos
 
El expediente se inicia el 28 de diciembre por presuntas irregularidades en una licitación pública convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación convocada para la celebración de la XX Cumbre  Iberoamericana celebrada los días 1 al 4 de diciembre de 2010.
 
La licitación se trata de la n° 20/2010 a través de la cual se convocó a oferentes para la contratación de servicios de tecnología, equipamientos informáticos, audiovideo y otros insumos tendientes a garantizar la realización de la citada cumbre.
 
Dicha licitación fue obtenida por la firma Punto Baires, y en el proceso de adjudicación se habrían advertido ciertas irregularidades, tales como vinculaciones entre las diversas oferentes para favorecer a la adjudicataria, y el pago de sobreprecios por los insumos utilizados en la Cumbre. En ese sentido se habrían llegado a pagar por el alquiler de cada notebook la suma de $6.500; siendo que el valor del mercado para su compra se estima en $2.500. El valor total de la licitación fue cercano a los 7 millones de pesos.
 
Con el objeto de probar la vinculación entre las firmas oferentes; como así también los sobreprecios que se habrían pagado, el Juez ordenó la realización de múltiples allanamientos y medidas probatorias.
 
En la resolución el juez entendió que se trató de una maniobra tendiente a simular una licitación pública, sin embargo de las pruebas obtenidas concluyó que en la maniobra se configuró:  a) el tratamiento dispar que funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores le han dado a los oferentes favoreciendo los intereses de la firma PUNTO BAIRES S.A;  b) la vinculación existente entre las empresas presentadas en la licitación que posibilitaron la obtención de beneficios a favor de la adjudicataria en detrimento de aquella que ha sido desechada (2MGNET S.A.) y  c) el excesivo valor monetario por el cual se efectuó la adjudicación en comparación con el monto base estimado para la contratación, el valor de otras ofertas y los valores de plaza vigentes en ese momento.
 
En definitiva se demostró que se conformó una maniobra delictiva, llevada a cabo con el objeto de defraudar a la administración pública. Así, los medios seleccionados para lograr tal cometido se han exteriorizado a partir de la actuación de los funcionarios públicos que han tenido una incidencia directa en la tramitación de la licitación y que determinaron el cobro de suma de dinero establecida en la licitación otorgada a la empresa PUNTO BAIRES S.A, como de los particulares que colaboraron de manera activa para que el resultado sea el que finalmente fue: contratar a la empresa PUNTO BAIRES S.A. para la prestación de un servicio cuyo valor fue fijado en  la suma de $6.045.756,74, pudiendo haberse realizado la operación por un monto mucho menor, o por lo menos, haber evitado pagar de más la suma de 2.790.251 pesos.

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