Euforia entre las discográficas por el éxito judicial en USA pero ahora habrá venganza de los hackers
Las discográficas estadounidenses han logrado su primera victoria contra los internautas que intercambian canciones gratuitamente en Internet gracias a las redes P2P.
Pero las discográficas pueden perder mucho más de lo que ganan. En los sitios de los hackers ya se habla de venganza contra ese negocio de la propiedad intelectual, tan debatido desde que nació Internet.
Jammie Thomas, de 30 años y madre soltera de 2 niños, pagará una multa por compartir 24 canciones protegidas por derechos de autor a través de la red Kazaa. Un jurado de Minnesota condenó a Thomas a pagar US$ 9.250 (€ 6.600) por cada una de las canciones. En total, US$ 222.000 (€ 158.000).
"Esta chica vive al día, y, de repente, es muy posible que se le embargue un cuarto de su salario de por vida", dijo su abogado, Brian Toder. Esto es lo que ha enfurecido a los hackers.
En muchos países, probablemente la mayoría, solamente es delito cuando hay un aprovechamiento comercial de esos temas musicales. Pero la legislación estadounidense no lo consideró así.
Thomas se enfrenta ahora a otro problema: en los casos de derechos de autor, los condenados tienen que pagar también los gastos de los fiscales que representan a los demandantes. Su deuda puede subir a € 350.000.
Fue la 1ra. victoria de la Asociación de Empresas Discográficas de América (RIAA, en sus siglas en inglés), que ha presentado más de 26.000 denuncias similares en los últimos 4 años. Entre las compañías a las que representa se encuentran EMI, Universal, Sony y Warner. "Espero que esto por fin transmita el mensaje de que descargarse y distribuir nuestros discos no está bien", dijo el abogado de las discográficas.
"Esta señora violó la ley", declaró el presidente de RIAA, Cary Sherman en la CNN. "Necesitábamos enviar el mensaje de que bajarse música es algo que está haciendo mucho daño a la industria".
Pero la verdad es que el negocio de las discográficas tal como se conoce hoy día, con o sin multa, está liquidado.
El caso de Thomas se ha estado investigando desde hace casi 3 años.
El 1º de febrero de 2005, tereastarr (el apodo de la condenada en Internet) se conectó a Kazaa y ofreció 1.702 canciones.
Al menos 25 de esas canciones tenían derechos de autor gestionados por RIAA.
La empresa SafeNet, que se dedica a escrutar los programas de descarga para detectar infractores, se conectó ese mismo día a Kazaa y se descargó las 25 canciones.
En total, se trataba de 1 hora y media de música con temas como 'November Rain', de Guns N Roses, o 'Cryin', de Aerosmith.
El abogado de la acusada, Brian Toder, centró su defensa en que su clienta era una compradora habitual de discos y raramente se descargaba música ilegalmente.
"Estas empresas no pueden probar que Jammie Thomas, como ser humano, se sentó al teclado y ofreció estas canciones", dijo en el juicio.
Al parecer la empresa SafeNet le envió un mensaje a través de Internet advirtiéndole de que estaba infringiendo la ley. Fue entonces cuando Thomas cambió el disco duro de su PC y los archivos desaparecieron.
En el juicio se sostuvo que Thomas era culpable por el simple hecho de poner sus canciones a disposición de otros. Thomas puede apelar.
Antes, un juzgado de Oklahoma obligó a RIAA a pagar US$ 70.000 (€ 50.000) en concepto de gastos legales a una mujer a la que había llevado a los tribunales por el mismo motivo.
Kazaa, tras una condena millonaria, no permite el intercambio ilegal de contenidos.
Las redes P2P permiten a los internautas compartir archivos entre sus máquinas sin acudir a un servidor central que los suministre, como era el caso del pionero Napster, que fue derrotado en los tribunales en 2001 y condenado a pagar € 25 millones.
Pero en la mayoría de los países sería impensable que Thomas fuera sancionada, según varios expertos. El intercambio de archivos únicamente es perseguible si hay ánimo de lucro.
Sin embargo, el Código Penal no siempre aclara qué significa "lucro".
En la Argentina, Sadaic está intentando accionar legalmente contra el intercambio de archivos y envió muchas cartas amenazando con demandas de doble vía: civil y penal.
En mayo, el Parlamento Europeo aprobó una directiva que introduce sanciones penales para los delitos contra la propiedad intelectual aunque excluye las actividades "no lucrativas". La directiva castiga a aquellos que se enriquecen con los derechos de otros, pero no a quienes intercambian películas o canciones en Internet.
Una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Luxemburgo establece que en los procedimientos civiles los titulares de derechos no pueden exigir a los proveedores de acceso a Internet que les faciliten las direcciones de la Red para identificar las máquinas de quienes intercambian archivos. Sólo puede hacerlo un juez.
Con todo, en Europa se han vivido algunos episodios que van por el camino de la persecución del P2P.
En setiembre, en Alemania se cerraron 7 servidores de eDonkey que soportaban redes de P2P empleadas por millones de internautas.
El Ministerio de Justicia sueco estudia si puede exigir a los proveedores de acceso a Internet que bloqueen las conexiones de las redes P2P cuando los contenidos estén protegidos por derechos.
En Bélgica, un juez ha solicitado un peritaje para decidir si puede obligar a la operadora Tiscali a bloquear los accesos a estas redes.
Y en España, el pasado mes de mayo, una redada policial acabó con la detención de 10 personas relacionadas con webs que ofrecían enlaces a nodos de intercambio P2P.
En este caso, la acción policial se justificó porque la existencia de publicidad en las webs podría probar la existencia de afán de lucro. El caso está en los tribunales.
En julio de 2003, un abogado español amenazó con demandar a más de 4.000 internautas por piratería en las redes P2P. La amenaza nunca se llevó a cabo.
