Constitucionalista Gregorio Badeni acerca de la ubicación, en el organigrama del Estado, de la oficina de escuchas telefónicas: "Por razones operativas el organismo del cual depende la concreción de las intervenciones telefónicas dispuestas por los jueces o funcionarios ejecutivos, debería estar a cargo de una dependencia de la Presidencia de la República. Sin embargo, si somos pragmáticos y nos guiamos por un enfoque empírico, es conveniente que la dependencia se instrumente frente al Poder Judicial, ya sea en la Corte Suprema de Justicia o en un organismo dependiente de ella."