MERCADOS

RESTRICCIONES

Si usted está en esta lista, no le venderán dólares sin autorización del BCRA

La entidad monetaria emitió una circular ordenando a los bancos que no cursen operaciones de cambio a nombre o por cuenta de personas físicas incluidas en una nómina, quienes están bajo investigación por haber superado el límite de compra impuesto por el cepo.

El Banco Central emitió una circular que incluye una planilla de nombres de personas físicas a las que se les prohibió la compra de moneda extranjera sin autorización de la entidad monetaria. 

Dichas personas son blanco de investigación por haber superado la compra de divisas por encima del límite de US$10.000 mensuales que se estableció el 01/09. Son más de 400 nombres, se informó. 

La comunicación "C" 84797, a la que accedió Urgente24, está dirigida a "entidades financieras, operadores de cambio, casas de cambio y agencias de cambio"

"Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que en el marco del Decreto N°609/19 (N. de la R: que impuso restricciones cambiarias) y de la Comunicación “A” 6770 y complementarias, mediante Resolución N°61/19, se ha dispuesto que, sin la previa autorización de este Banco, no deberán dar curso a operaciones de cambio, o en su caso, a su anulación a nombre o por cuenta" de los incluidos en la nómina, dice el texto. 

"Asimismo, deberán abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales", finaliza. 

COMUNICACIÓN “C” 84797 BCRA by Urgente24 on Scribd

La comunicación también fue publicada en la página web del BCRA. "Todas las comunicaciones que se envían del BCRA al sistema financiero son presentadas en la misma web y es lo que garantiza la transparencia del sistema. De esta manera se notifica a todo el sistema financiero los cambios regulatorios, información que necesiten tener como así también, en este caso, la suspensión de CUITS", argumentaron voceros del organismo.

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