JUSTICIA

“ACCIDENTE” LABORAL

La CSJN frenó un fallo que le daba $8 millones a un empleado por un golpe en el meñique

El fallo era de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) y le otorgaba más de $8 millones a un trabajador pesquero que se había lastimado el meñique. Estos gastos debían ser pagados por el empleador y la ART, pero la Corte Suprema lo frenó.

Por “accidente laboral” la ART y el empleador de la empresa Congeladores Patagónicos S.A iban a tener que pagar una suma millonaria: $8.016.552 aproximadamente (capital e intereses) a un trabajador pesquero que se golpeó el dedo meñique contra un cajón de langostinos congelados.

Con 3 votos a favor de los magistrados Carlos Rosenkrantz, Elena Highton y Juan Carlos Maqueda-con su propio voto) y 1 por art. 280 Horacio Rosatti, la CSJN revocó la sentencia de la Sala I Cámara Nacional Argentina del Trabajo.

La Corte revocó la sentencia y realizó diferentes consideraciones al respecto:

Apuntó a la arbitrariedad de la pericia que había estimado 26,44% de incapacidad consistente en 14% por disminución de movilidad, 10% por reacción vivencial anormal neurótica y 2,44% por factores de ponderación, mientras que la tabla de evaluación de incapacidades del Decreto Nº 659/96 prevé un 5% por la amputación del dedo mencionado. Es decir, por la lesión más grave. Por lo tanto, consideró que frente a esta pauta normativa el grado de incapacidad fijado por la perita se presenta prima facie irrazonable y desmesurado.

Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (UART) se realizó un pedido, a través de este caso y muchos más, de Cuerpos Médicos Periciales o Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la Justicia, tal como determina la Reforma a Ley de Riesgos del Trabajo, Ley 27.348 aprobada en febrero de 2017 para evitar que se sigan causando sobrecostos de la economía por lesiones infundamentadas o arbitrarias.

Entre los números de esta situación remarcan los siguientes:  31% de incapacidad por esguinces curados; 34% por algias; 28.7% por fracturas curadas; 32,2% por cortes; 32% por traumatismos subsanados, todos ellos abultados con un alto porcentaje de daño psicológico. En el promedio se releva un alejamiento de 17.5% de los parámetros del Baremo. Lo cual genera un importante sobrecosto, no incluido en la prima que las empresas paga y que torna infinanciable el sistema.