JUSTICIA

"PREOCUPACIÓN"

La Corte limitó las escuchas telefónicas y pidió controlar a la AFI

Ante constantes denuncias y escándalos por la difusión de escuchas telefónicas, la Corte Suprema de Justicia emitió una acordada en la que pidió a los magistrados que las ordenen con "criterio restrictivo" y de manera "fundada". Entre los puntos más importantes, prohibió la "excursión de pesca", es decir, que se pinche un teléfono para luego investigar, y pidió "a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales".

La Corte Suprema de Justicia decidió este miércoles (19/06) limitar la realización de escuchas telefónicas y pidió a los magistrados que las ordenen con "criterio restrictivo" y de manera "fundada".

En medio de las polémicas que se han generado por la difusión de escuchas judiciales, el máximo tribunal del país firmó una acordada para limitarlas.

La decisión se tomó con la firma de los cinco miembros de la Corte, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.

"Esta Corte Suprema de Justicia, como cabeza del Poder Judicial de la Nación y como supremo custodio y último garante del goce de las garantías individuales, sigue con preocupación los acontecimientos de público conocimiento vinculados a la difusión pública de la captación de comunicaciones, cuya interceptación y captación solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso", expresó el tribunal.

Entre los puntos más importantes, prohibió la "excursión de pesca", es decir, que se pinche un teléfono para luego investigar, y no al revés. La medida busca que la justicia primero realice una pesquisa sobre la persona a la que se le quiere intervenir el teléfono y, en caso de hallar elementos que justifiquen la medida, ordenar la escucha.

A su vez, remarca la confidencialidad absoluta de las comunicaciones entre abogado y cliente, asegura que la intervención debe durar un tiempo determinado y pide controlar a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

"Solicitar a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales", estableció el escrito.

"Las escuchas deben utilizarse para contribuir al esclarecimiento de delitos, y con el objetivo final de afianzar la justicia", estableció la acordada a la que accedió TN.com.ar. Y continuó: "Es una medida judicial de investigación excepcional, que será ordenada con criterio restrictivo atendiendo de forma especial a su razonabilidad para esclarecer y resolver un delito".

Por otra parte, la Corte le pidió al Consejo de la Magistratura de la Nación que "en ejercicios de sus competencias constitucionales, formule un diagnóstico exhaustivo respecto del grado de aplicación de los criterios restrictivos en materia de interceptación de comunicaciones en el marco de las investigaciones penales".

A su vez, remarcó la protección del derecho a la intimidad y privacidad fijada en la Constitución nacional, como uno de los "valores más preciados para la dignidad del ser humano".

Cabe recordar que una de las últimas controversias por la difusión en los medios de escuchas telefónicas tuvo lugar semanas atrás con las grabaciones de la denominada "Operación Puf", con conversaciones de detenidos y ex funcionarios kirchneristas.