CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).-A punto de cumplirse un año de la Ley de Fertilización asistida, las personas con problemas de fertilidad aún no pueden acceder en forma igualitaria a los tratamientos de reproducción asistida, pese a que la ley que lo debería garantizar se sancionó y se reglamentó.
En el marco del Mes Internacional del Cuidado de la Fertilidad
Un año después, piden que se cumpla la Ley de Fertilización Asistida
En el año 2013 se sancionó la ley 26.862 para que las personas con problemas de fertilidad tengan cobertura médica y puedan así concebir un hijo.Sin embargo, pese a estar reglamentada, aún existen áreas grises que impiden a muchas parejas afectadas poder acceder a los procedimientos y técnicas necesarios.La Asociación Civil Concebir y la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR) impulsan un Decálogo de puntos a trabajar para que, por fin, tratarse en forma gratuita sea una realidad.
En el marco del Mes Internacional del Cuidado de la Fertilidad, que se celebra en junio, la Asociación Civil Concebir (Grupo de apoyo para personas con trastornos en la reproducción) y la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR) dieron a conocer un Decálogo con lineamientos para lograr que todos los afectados disfruten de la cobertura médica que la ley les otorgó.
En el mes de junio del año 2013, se sancionó la ley 26.862 con el objetivo de garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de Reproducción Medicamente Asistida. Tiempo después, se reglamentó la Ley a través del Decreto 956/2013. Sin embargo, “el país aún cuenta con un vacío legal sobre la regulación integral de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA). El mismo habría de ser cubierto, en parte, tras la sanción del proyecto de reforma del Código Civil y su unificación con el Código Comercial de la Nación”, señaló el Dr. Sebastián Gogorza, especialista en medicina reproductiva y Presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR).
Isabel P. de Rolando, fundadora y presidente de Concebir, consignó que “Concebir presentó cinco veces su proyecto de Cobertura y Regulación hasta que finalmente se aprobó una ley sobre el tema. Y aunque está vigente hace casi un año, muchas prestaciones siguen sin estar cubiertas porque la ley se ‘desdobló’, ya que muchos artículos del Código Civil se refieren a las técnicas, lo que implica la necesidad de una Ley de Regulación. Y al desdoblarse la ley de cobertura reglamentada, vigente y funcionando, no existe acceso igualitario: se estánponiendo muchas trabas a la donación de gametas, no se están habilitando los bancos de gametas y a muchas parejas les están negando la cobertura”.
Un ejemplo de esto es que, dado que la Ley 26.862 es nacional, queda en manos de cada provincia adherir a ella o adecuar la norma vigente (si ya contaban con ley, como ocurrió en Córdoba, Buenos Aires o Río Negro). Otro ejemplo es que en muchos casos la medicación se está cubriendo al 40%, no al 100% como estipula la nueva legislación.
La Dra. Marisa Herrera, abogada Especialista en Derecho de Familia, destacó que "el decreto reglamentario, de por sí, deja varias dudas e interrogantes. Dichos interrogantes generan que haya que recurrir a la justicia para peticionar 'coberturas' no especificadas, las que pueden dar lugar a una negativa al acceso 'integral'. En la práctica, estos silencios sirven para que agentes del seguro de salud intenten eximirse de algunas cuestiones, tales como cobertura al 40% de los medicamentos, cobertura de la ovodonación pero no de los medicamentos, la intervención en la persona del donante, la no cobertura del diagnóstico médico pre-implantatorio y otras falencias".
Otros aspectos a tener en cuenta son: la edad materna durante la cual regiría la cobertura, en el presente es a partir de los 18 años y sin límite superior, pero debería quedar a criterio médico , ya que lo razonable sería extenderla como máximo hasta los 50 años de edad (edad natural de la menopausia) a fin de evitar riesgos para la madre y para el niño; la compensación económica por lucro cesante, viáticos, etcétera para el donante -pese a que la donación de gametos debe ser voluntaria y altruista- y determinar el NO anonimato para los nacidos por Donación de Gametos a través del Registro Único de Donantes; la necesitad de acreditar centros autorizados para que no baje la calidad de atención pese a la mayor cobertura exigida; y el destino de los embriones congelados, algo que no se menciona ni en la Ley ni en el Código Civil en reforma. Todos estos puntos deberán ser incluidos en la Ley Especial de Regulación imprescindible para la implementación de la Ley 26862.
Cuidar la fertilidad
El Dr. Sergio Papier, médico ginecólogo, Especialista en Medicina Reproductiva y Presidente del Comité Científico de SAMeR, remarcó que "otro punto fundamental a definir es el de campañas de concientización sobre el cuidado de la fertilidad. La salud reproductiva es un derecho reconocido mundialmente, y sabemos que una de cada seis parejas es infértil. Y si bien muchos casos se resuelven con técnicas de reproducción médicamente asistida, la prevención en medicina reproductiva es fundamental para mejorar los resultados reproductivos y la salud de las futuras generaciones".
Uno de los problemas es la edad de la mujer, ya que como en la sociedad moderna es habitual postergar el momento de ser padres, la realidad biológica nos muestra que a partir de los 35-37 años decrece la cantidad deóvulos de la mujer, y que la edad reproductiva óptima es entre los 20 y 30 años, y que a partir de los 35-37 hay una mayor frecuencia de alteraciones cromosómicas en ovocitos, fallas de fertilización, generación de embriones anormales, menor implantación, menor desarrollo embrionario in vitro, incremento de abortos precoces, y por lo tanto, menores resultados reproductivos. Las sociedades científicas y otras organizaciones de pacientes deben continuar haciendo campañas para informar a la población acerca de las limitaciones biológicas que la edad determina en cuestiones de fertilidad.