Además, el servicio web también deberá ser utilizado por quienes pretendan adquirir moneda extranjera para atender gastos de salud en el exterior, turismo y viajes al exterior por conferencias y congresos.
En la actualidad, los operadores turísticos pueden acceder al mercado de cambios y adquirir moneda extranjera a través del código del Banco Central Nro. 635 “Viajes y Turismo”, en función a la Comunicación “A” 5261 del 29/12/2011 del Banco Central.
Para realizar el registro se deberá utilizar la Clave Fiscal. De este modo, según agrega el comunicado, se “reunirá la información relevante que luego será validada de manera simultánea por los controles online de AFIP: CUIT del contribuyente, motivo del viaje, el título terciario o universitario que posee, en caso de ser profesional, país de destino y escalas, fecha de salida y fecha de regreso entre otra información”.