NO FIRMÓ EL DECRETO DEL IMPUESTO A LOS CIGARRILLOS
Boudou, con las manos atadas
Desde la oposición dudan sobre la verdadera intención del Ejecutivo Nacional acerca del impuesto a los cigarrillos. Dijeron que sospechan que, por necesidades fiscales, puede aplicarse una alícuota del 21% en vez del 7%.
18 de enero de 2012 - 14:46
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El diputado Miguel Ángel Giubergia (UCR-Jujuy), manifestó su preocupación de que la presidente Cristina Fernàndez "no le deje firmar decretos a su vice" (Amado Boudou, en ejercicio de la Presidencia), ya que todavía no se firmó el que establece que el impuesto a los cigarrillos no será superior al 7 %.
“Que este decreto aún no esté firmado es gravísimo y nos produce demasiadas dudas sobre la verdadera intención del gobierno”, sentenció Giubergia y agregó. “Los gobernadores del Frente para la Victoria de provincias tabacaleras sostienen que el Poder Ejecutivo se comprometió a mantener la tasa del impuesto al cigarrillo, pero por ahora sólo podemos suponer dos cosas: que Cristina no lo deja firmar nada a Boudou o que en realidad se pretende llevar al 21% este gravamen."
En verdad, más allá de la chicana de Giubergia, es evidente que lo puede estar ocurriendo es consecuencia del afán o la necesidad tributaria que tiene el Ejecutivo Nacional en 2012... disfrazado de limitación de Boudou.
“Esta sospechosa demora no hace más que crear preocupación. Sin el decreto lo único que el Gobierno lograría es que el contrabando le gane a la producción y, además, Cristina se quedaría con $ 168 millones que son de los productores de tabacaleros”, resaltó el vicepresidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja.
“Desde el Congreso hemos venimos defendiendo el Fondo Especial de Tabaco", explicó Giubergia y concluyó “ahora esperamos que Boudou le pida permiso a la Presidente y firme este decreto, que beneficia a tantos productores del norte de nuestro país”.
La Ley 24.625 creó un impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cada paquete de cigarrillos vendido en el territorio nacional. Fue sancionada el 28 de diciembre de 1995 y promulgada mediante Decreto 10, con fecha 3 de enero de 1996, que fue publicado en el Boletín Oficial 28.307.
Desde su creación, este impuesto se mantuvo vigente por diversas prórrogas sancionadas por ley. Por citar sólo la última de ellas, en diciembre del año pasado, el Congreso sancionó la ley que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2012 la vigencia del mencionado impuesto. El
impuesto adicional de emergencia faculta al Poder Ejecutivo a cobrar hasta el 21% sobre el precio de venta de cada paquete vendido en el territorio nacional.
Según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 25.239, el producido de este gravamen se destina al sistema de seguridad social para el cumplimiento de las obligaciones previsionales nacionales.
Desde su creación, este impuesto se mantuvo vigente por diversas prórrogas sancionadas por ley.
En 2009, 2010 y 2011 la medida significó una recaudación adicional de $555, 658 millones y $815 millones, respectivamente.
De mantenerse la alícuota de 7% y los actuales niveles de venta de cigarrillos, en 2012 se recaudarán unos $ 1.000 millones.
Si el Ejecutivo Nacional hiciera uso de su facultad de modificar la alícuota hasta el techo de 21%, tal como está previsto en la ley sancionada en 1995, la ANSES recibiría unos $ 2.734 millones, que destinaría íntegramente al pago de jubilaciones: unos $ 1.734 millones más que con una tasa del 7%.