CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) Si bien ya lo venía haciendo de manera informal para el Grupo Olmos, ahora el secretario de Comericio, Guillemo Moreno, será el encargado en forma oficial de controlar la distribución del papel para diarios, según la resolución 9/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial.
PODRÁ APLICAR MULTAS
Es oficial: Moreno controlará el papel para diarios
Según la resolución 9/2012 del Boletín Oficial, el secretario de Comercio Interior será el encargado de manejar el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios.
17 de enero de 2012 - 11:02
El funcionario tendrá a cargo el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios, que “quedará habilitado para el dictado y ejecución de todos los actos tendientes a su instrumentación, funcionamiento, supervisión y control”.
La Resolución 9, firmada por el ministro de Economía, Hernán Lorenzino, dispone que la secretaría a cargo de Moreno controlará ese Registro, creado en el Artículo 28 de la Ley Nº 26.736 que fue sancionada y promulgada a fines del año pasado en un veloz trámite.
Moreno encabezó una ofensiva contra Papel Prensa, empresa con capitales mayoritarios de los matutinos Clarín y La Nación, y donde el 95% de los clientes son diarios.
El 12 de agosto de 2010 irrumpió en la sede de la papelera, en la que el Estado posee el 27%, con guantes de box y, recurriendo a amenazas y gritos, impidió que se realizara una votación de los socios.
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Según el artículo tercero de la disposición, “los fabricantes, distribuidores, comercializadores y compradores de pasta celulosa y de papel para diarios actualmente en actividad, contarán con un plazo máximo de 22 días a partir del dictado del acto administrativo correspondiente por parte de la Secretaría de Comercio Interior, a los fines de su inscripción en el Registro Nacional”.
Además, el artículo cuarto indica que “los fabricantes, distribuidores y comercializadores alcanzados por el Artículo 2º de esta Resolución, deberán cumplir con la obligación prevista en el Artículo 18 de la ley en el plazo máximo de 5 días a contar desde la inscripción en el Registro”.
“Asimismo, quienes opten por agregar otras formas de publicidad, deberán hacerlo saber a la Secretaría de Comercio Interior, con una antelación a su implementación no inferior a 10 días”, acotó.
El artículo quinto consigna que “los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios, deberán cumplir con la obligación de publicar los balances, prevista en el Artículo 19, y la información prevista en el Artículo 20, en la misma página de Internet creada a fin de cumplir con lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley Nº 26.736”.
“Encomiéndase a la Secretaría de Comercio Interior la toma de todas las medidas conducentes a fin de tornar operativo el funcionamiento de la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios creada por el Artículo 12 de la Ley Nº 26.736, coordinando su accionar”, se especificó.
Además, se fijó el volumen estimado de importaciones necesarias para el trimestre enero-marzo de 2012 en 20.000 toneladas de papel para diario y el volumen estimado de producción nacional para idéntico período en 42.500 toneladas de idéntico producto.
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Moreno podrá aplicar multas, que serán el equivalente en pesos de una tonelada de producción a 100.000 toneladas de producción de papel para diario, como también la suspensión y clausura, que no podrán ser mayores a una parada técnica.
La fiscalización, verificación y control del cumplimiento de la Ley Nº 26.736 será ejercida a través de la Secretaría de Comercio Interior.